COTUTELA INTERNACIONAL
El Títol IX de la Normativa Acadèmica de los Estudios de Doctorado de la Universitat de Lleida regula las TESIS EN RÉGIMEN DE COTUTELA INTERNACIONAL:
Artículo 34. Ámbito de aplicación
Este procedimiento es aplicable a los y las estudiantes de programas de Doctorado que quieran elaborar y defender una tesis doctoral en régimen de cotutela.
Artículo 35. Objeto
En el marco de los estudios de Doctorado, se establece un procedimiento de cotutela de tesis entre la UdL y otras universidades extranjeras para facilitar la movilidad de los doctorandos o doctorandas y la colaboración científica del profesorado implicado, siguiendo el principio de reciprocidad. El doctorando o doctoranda obtendrá el título de Doctor o Doctora por cada una de las Universidades.
Artículo 36. Requisitos previos al procedimiento de cotutela
1. Los candidatos que quieran elaborar y defender una tesis doctoral en régimen de cotutela deben cumplir los requisitos de acceso y ser admitidos en un Programa de Doctorado de la Universidad de Lleida, de acuerdo con los procedimientos y disposiciones legales vigentes.
2. La admisión en un Programa de Doctorado de la Universidad de Lleida debe formalizarse mediante la matrícula correspondiente.
3. El doctorando o doctoranda debe tener aceptado el plan de investigación en la Universidad de Lleida, de acuerdo con lo que se establece en el artículo 18 de esta normativa.
Artículo 37. Convenio de cotutela
1. La cotutela de tesis se desarrolla en el marco de un convenio específico entre dos universidades, implica una regulación concreta para cada doctorando o doctoranda y se rige por la normativa legal de Doctorado y por las normas y legislación aplicable en materia de Doctorado de la Universidad de Lleida.
2. El convenio debe implicar el principio de reciprocidad y las universidades signatarias deben reconocer la validez de la tesis doctoral defendida en su marco y deben otorgar el título de Doctor o Doctora, de acuerdo con la regulación aplicable en cada una.
3. El convenio específico de cotutela debe respetar la normativa vigente, tanto de la UdL como de la otra universidad firmante, en relación con la elaboración y defensa de la tesis.
4. La Escuela de Doctorado proporcionará a los interesados o interesadas un modelo de convenio de cotutela. En cualquier caso éste debe contener, como mínimo, la siguiente información:
a. Los codirectores o codirectoras de la tesis y tutor o tutora.
b- Los períodos que el doctorando o doctoranda debe realizar la investigación en cada una de las universidades y las actividades a desarrollar.
c. La institución en la que tendrá lugar la defensa de la tesis.
d. El compromiso de ambas instituciones de entregar el título de Doctor o Doctora, en base a una única defensa.
e. Lengua de redacción de la tesis.
f. Lengua de la defensa de la tesis.
Artículo 38. Solicitud y autorización de cotutela y establecimiento del convenio
a. El doctorando o doctoranda debe solicitar la cotutela de tesis en la Comisión Académica del Programa de Doctorado en el que está matriculado. El plazo máximo para solicitar la autorización será antes de finalizar el segundo curso académico de matrícula.
b. La Comisión Académica del Programa resolverá las solicitudes que se hayan presentado autorizando o no la cotutela de tesis.
c. En caso de que se haya autorizado la solicitud, la Escuela de Doctorado gestionará la formalización del convenio, que deben firmar los rectores o rectoras de las dos universidades o las personas en quien deleguen.
Artículo 39. Aceptación del plan de investigación y elaboración y defensa de la tesis doctoral en régimen de cotutela
1. Todos los doctorandos o doctorandas que lleven a cabo una tesis doctoral en régimen de cotutela deben tener aceptado el plan de investigación en la Universidad de Lleida, de acuerdo con el procedimiento establecido.
2. Los doctorandos o doctorandas deben elaborar la tesis doctoral bajo el control y la responsabilidad de un director de tesis de cada una de las universidades que han suscrito el convenio de cotutela.
3. El tiempo de preparación de la tesis no podrá ser superior a la duración de la permanencia de los estudios de Doctorado.
4. Los doctorandos o doctorandas deben realizar una estancia en cada una de las instituciones, que no puedes ser inferior a 6 meses, período que puede ser fraccionado.
5. Durante el período de elaboración de la tesis, los doctorandos deben matricularse cada curso académico, mientras duren sus estudios, en ambas universidades. En la Universidad de Lleida deberá abonar íntegramente el seguro escolar, en su caso, y los precios correspondientes a los servicios específicos y de soporte al aprendizaje. Por lo que respecta al concepto de tutela académica, se abonará coincidiendo con el curso o cursos académicos de estancia en la Universidad de Lleida. En cualquier caso, el régimen de precios de la matrícula deberá definirse en el convenio y quedará sujeto a los precios públicos establecidos por la Generalitat de Catalunya.
6. El doctorando o doctoranda debe presentar anualmente el seguimiento de los progresos de su tesis en la Comisión Académica, de acuerdo con lo que se establece en los artículos 19 y 20. Debe realizar las actividades formativas establecidas y someterse a las evaluaciones anuales correspondientes.
7. La tesis debe ser objeto de una defensa única en una de las universidades. El doctorando o doctoranda deberá realizar el pago de las tasas correspondientes a la lectura de tesis en la UdL.
8. La financiación de los gastos de los miembros del Tribunal es responsabilidad de la universidad que acoge la lectura y la defensa de la tesis doctoral.
9. Ambas universidades deben asegurar la publicación, explotación y protección de los resultados de la investigación, de acuerdo con la normativa vigente en materia de propiedad intelectual y con los procedimientos específicos de cada país.
10. El título de Doctor que se obtenga en la Universidad de Lleida incluye en su anverso la diligencia “tesis en régimen de cotutela con la Universidad U”.
Artículo 40. Procedimiento y trámites para la defensa de la tesis
1. Para defender la tesis en la Universidad de Lleida es necesario realizar los trámites correspondientes, de acuerdo con la normativa aplicable.
2. Previamente a la defensa, el doctorando o doctoranda debe seguir el procedimiento para la solicitud de entrega de la tesis doctoral establecido en el artículo 23 de esta normativa.
3. Para defender la tesis en la universidad extranjera, los trámites deben realizarse de acuerdo con la legislación vigente de ese país. No obstante, para poder solicitar el título de Doctor en la Universidad de Lleida el doctorando o doctoranda debe cumplir los siguientes requisitos:
a. Haber abonado las matrículas correspondientes a los cursos académicos de acuerdo con lo que se establece en el artículo 9.
b. Haber obtenido el acuerdo favorable de la Comisión Académica para el depósito y posterior defensa de la tesis doctoral, de acuerdo con lo que establece el artículo 25 de esta normativa.
c. Presentar el certificado oficial del acta de lectura en el que consten, como mínimo, la fecha de lectura, los miembros del Tribunal con su filiación y la calificación obtenida. En caso de que el certificado no se haya expedido ni en castellano, ni en catalán ni en inglés, debe presentarse acompañado de la traducción oficial al castellano o al catalán correspondiente.
d. Los documentos necesarios para la publicación de la tesis en el repositorio institucional de la Universidad de Lleida y el repositorio de tesis TDR, así como la ficha cumplimentada con los datos necesarios para la base de datos TESEO según modelo normalizado.